- No existe una normativa estatal, autonómica o municipal que prohíba el uso de barbacoas, pero la Ley de Propiedad Horizontal sí establece la prohibición de realizar actividades molestas e insalubres.
Ante la realización de barbacoas en terrazas, áticos o zonas comunes de las comunidades de propietarios, con la llegada del buen tiempo casi veraniego, el Colegio Profesional de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid) advierte del riesgo de incendios así como de los problemas que generan. Por ello, aconsejan regular su uso mediante normas de régimen interno para evitar conflictos entre vecinos por las molestias que generan así como por el riesgo de incendios como el ocurrido el año pasado en Torre Ámbar, en Madrid.
Posible propagación del fuego
“La normativa de uso interno en las comunidades no debe ser estricta, sino abierta al diálogo y lo menos prohibitiva posible. Pero no podemos dejar a un lado que estamos ante un problema de límites de la propiedad y relaciones de buena vecindad”, comenta Isabel Bajo, presidenta de CAFMadrid, en una nota de prensa. “Las barbacoas domésticas son elementos susceptibles de generar problemas en el inmueble, debido a una posible propagación de fuego, en caso de descuido”, añade.
No podemos dejar a un lado que estamos ante un problema de límites de la propiedad y relaciones de buena vecindad
Sin normativa específica que prohíba el uso de barbacoas
Actualmente no existe una normativa estatal, autonómica o municipal que prohíba el uso de barbacoas, pero sí está regulada la prohibición de realizar actividades molestas e insalubres en la Ley de Propiedad Horizontal, como las que pueden generar las barbacoas.
Pisos bajos con patio o áticos: son elementos comunes de la comunidad
En este sentido, el CAFMadrid recuerda que el uso de barbacoas puede ser restrictivo si causa molestias al resto de vecinos de la comunidad. “No olvidemos que el propietario del piso bajo con patio o del ático cuya terraza hace de cubierta del edificio tiene derecho al uso y disfrute de esa zona, pero no por ello este deja de ser un elemento común propiedad de la comunidad”, explica Bajo.
Asimismo, esta institución recuerda que si se trata de una barbacoa de construcción fija, para su uso es necesaria la utilización de un sistema independiente de evacuación de humos, tal como establece el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).
Difícil de que prospere una denuncia contra el uso de barbacoas
Desde la empresa Comunidades.com explican que «es indudable que las barbacoas en las terrazas pueden generar molestias, principalmente olores y humos, y como la propiedad no puede justificar un comportamiento incívico, podría ser de aplicación el artículo 7.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, aunque las molestias siempre tienen un componente subjetivo importante, y no todas las demandas de este tipo salen adelante en los juzgados, sobre todo en los casos de uso esporádico».
Puede haber algunas Ordenanzas municipales que prohiban las barbacoas en las terrazas, explican, «fundamentalmente por motivos de prevención de incendios, aunque suelen admitirse las alimentadas eléctricamente o por gas», indican desde Comunidades.com.
«Como en gran parte de las situaciones del día a día de las comunidades de propietarios, si todos ponen un poco de su parte, se avisa con tiempo para que nadie tenga ropa colgada que puede afectarse, quienes las sufren las aceptan de buen grado en aras de la buena convivencia, y unos y otros atienden las sugerencias de los demás, las barbacoas de las terrazas dejarán de ser un problema para su comunidad», indican.